lunes, 6 de abril de 2020

IMPORTANCIA DE LA INCORPORACIÓN DE TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN PARA LA DETECCIÓN DE IRREGULARIDADES RELACIONADAS CON PROMOCIONES EMPRESARIALES VINCULADAS A LA AUTORIDAD FISCALIZACIÓN DEL JUEGO


UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
CARRERA CONTADURÍA PÚBLICA
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE CIENCIAS
CONTABLES, FINANCIERAS Y AUDITORÍA


MONOGRAFÍA
DIPLOMADO EN AUDITORÍA FORENSE

IMPORTANCIA DE LA INCORPORACIÓN DE  TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN PARA LA DETECCIÓN DE IRREGULARIDADES RELACIONADAS CON PROMOCIONES EMPRESARIALES VINCULADAS A LA AUTORIDAD FISCALIZACIÓN DEL JUEGO

Por: José Antonio Marín Mendoza
Docente: Pablo Aranda Manrique

LA PAZ – BOLIVIA
2020





DEDICATORIA









El presente trabajo lo dedico en primer lugar a Dios.

A mis padres María Dolores y José, por ser el pilar fundamental en todo lo que soy, en toda mi formación tanto académica como de vida, por su incondicional apoyo para alcanzar mis metas propuestas.

A mis hermanos Milenka Aneliz y David Walther por acompañarme en las buenas y malas; por su comprensión, paciencia y apoyo incondicional para culminar este proyecto. A mis sobrinos Sofia Aneliz y Julio David por ser mi motivo de superación y la fuerza que me impulso día tras día a culminar esta meta para poder llenarlos de orgullo y no claudicar en el camino.







                                                                                              


AGRADECIMIENTO









Agradezco a la Unidad de Postgrado de la Carrera de Contaduría Pública de la Universidad Mayor de San Andrés, a cada uno de los Tutores, plantel administrativo y a todos los colegas que aportaron con sus conocimientos y experiencia en el presente curso.







ÍNDICE GENERAL

1.
ESTADO DE LA SITUACIÓN
1
1.1
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1
1.1.1
Identificación del Problema
1
1.1.2
Formulación del Problema
2
1.2
OBJETIVOS
2
1.2.1
Objetivo General
2
1.2.2
Objetivos Específicos
2
1.3
JUSTIFICACIÓN
3
1.4
ALCANCES
4
2.
METODOLOGÍA
5
2.1
2.2
TIPO DE INVESTIGACIÓN
POBLACIÓN Y MUESTRA
5
5
2.3
TÉCNICAS DE RECOPILACIÓN
5
2.4
INSTRUMENTOS Y TÉCNICAS DE ANÁLISIS
6
3.
MARCO TEÓRICO
7
3.1
REFERENCIA TEÓRICA Y CONCEPTUAL
7
3.2
ANÁLISIS DESCRIPTIVO O NARRATIVO
40
4.
MARCO PRÁCTICO
44
4.1
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
44
5.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
46
BIBLIOGRAFÍA
ANEXOS






ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1. Prohibiciones y Obligaciones de los Operadores de Juego
9
Tabla 2.1. Atribuciones de la AJ
Tabla 2.2. Facultades de la AJ
10
14
Tabla 3. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2019)
16
Tabla 4. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2018)
17
Tabla 5. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2017)
18
Tabla 6. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2019)
19
Tabla 7. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2018)
20
Tabla 8. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2017)
21
Tabla 9. Fiscalización a Promociones Empresariales (2019)
24
Tabla 10. Fiscalización a Promociones Empresariales (2018)
25
Tabla 11. Fiscalización a Promociones Empresariales (2017)
26
Tabla 12. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2019)
28
Tabla 13. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2018)
29
Tabla 14. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2017)
31
ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. Estructura Organizacional
11
Gráfico 2.1. Flujo para Autorización de Promociones Empresariales
13
Gráfico 2.2. Flujo para Controles Detectivos de Autorización de Promociones Empresariales
16
Gráfico 3.1.Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2019)
16
Gráfico 3.2.Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2019)
17
Gráfico 4.1. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2018)
17
Gráfico 4.2. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2018)
18
Gráfico 5.1. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2017)
18
Gráfico 5.2. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (2017)
19
Gráfico 6.1. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2019)
20
Gráfico 6.2. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2019)
20
Gráfico 7.1. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2018)
21
Gráfico 7.2. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2018)
21
Gráfico 8.1. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2017)
22
Gráfico 8.2. Controles Operativos de Promociones Empresariales (2017)
22
Gráfico 9.1. Flujo para Fiscalización a Promociones Empresariales
Gráfico 9.2. Fiscalización a Promociones Empresariales (2019)
23
24
Gráfico 9.3. Fiscalización a Promociones Empresariales (2019)
25
Gráfico 10.1. Fiscalización a Promociones Empresariales (2018)
25
Gráfico 10.2. Fiscalización a Promociones Empresariales (2018)
26
Gráfico 11.1. Fiscalización a Promociones Empresariales (2017)
26

Gráfico 11.2. Fiscalización a Promociones Empresariales (2017)
27

Gráfico 12.1. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2019)
Gráfico 12.2. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2019)
28


29

Gráfico 13.1. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2018)
Gráfico 13.2. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2018)
30


30

Gráfico 14.1. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2017)
Gráfico 14.2. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (2017)

31


32

Gráfico 15.1. Montos de Sanciones Impuestas – Promociones Empresariales (2019)
33

Gráfico 15.2. Montos de Sanciones Impuestas – Promociones Empresariales (2018)
33

ÍNDICE DE ANEXOS


Ley N° 060

Decreto Supremo N° 0781

Decreto Supremo N° 0782























































RESUMEN

Desde la creación de la Autoridad de Fiscalización del Juego y Control Social del Juego AJ en el año 2010, se cuenta con la entidad que regula, controla y fiscaliza actividades relacionadas a juegos de lotería, azar, sorteos y promociones empresariales.

De acuerdo a la Ley N° 060 se establecen las atribuciones de la AJ, derechos y obligaciones de los operadores de juegos y los derechos de cada participante.

Una de las Jefaturas más importantes de la AJ es la Fiscalización y Control, la cual se encarga de realizar controles ya sean estos detectivos, operativos o de fiscalización las cuales pueden como no obtener evidencia para sancionar a un determinado operador por la falta o infracción a las leyes vigentes.

Según los datos estadísticos publicados y obtenidos de la propia página web de la AJ se pudo establecer que la cantidad de promociones empresariales se ha incrementado en los últimos años, ya que por este medio las empresas tratan de incrementar sus ventas al ofrecer premios a sus clientes a cambio de obtener una ficha, tapa o grupo de ellos incluido en cada uno de sus productos seleccionados en un tiempo determinado.

Se ha podido evidenciar que los premios ofrecimos al público se encuentran desde la obtención de productos gratis hasta optar por el cobro de sumas en efectivo o bienes muebles e inmuebles de gran valor económico.

Para que toda esta promoción empresarial tenga validez se debe cumplir con los requisitos exigidos en la misma Ley y los Decretos Supremos que la reglamentan. El Estado no puede dejar que las mismas empresas administren el proceso en su conjunto, es por ello que se cuenta con requisitos y sanciones al incumplimiento de lo reglamentado y autorizado por la AJ.

En los últimos años se pudo ver la cantidad de controles a los juegos de lotería que incumplían con las leyes vigentes, juegos de azar que no registraban la cantidad de máquinas en cada una de sus instalaciones y la manipulación en algunos casos.

Por ello se determinó la importancia de garantizar que las promociones empresariales son realizadas de forma transparente y que los beneficiarios finales de los premios ofertados son legítimos y no existió fraude o colusión que direccionó o favoreció a una determinada persona o grupo de ellas como se pudo detectar en otros países del continente.

Para poder llevar a juicio si se detectase un hecho irregular se tiene que contar con evidencia suficiente y competente para que el Juez a cargo del proceso penal pueda castigar con privación de libertad a los autores materiales e intelectuales de este hecho ilegal.

Es por ello que se debe incluir técnicas de investigación para la detección de irregularidades en promociones empresariales a nivel nacional.














ABSTRACT

Since the creation of the AJ Gaming and Social Control Authority in 2010, the entity that regulates, controls and controls activities related to lottery games, gambling, sweepstakes and business promotions has been held.

According to Law No. 060, the powers of the JA, the rights and obligations of gaming operators and the rights of each participant are established.

One of the most important heads of the AJ is the Control and Control, which is responsible for carrying out checks whether these detective, operational or control which may such as not obtaining evidence to sanction a certain operator for the lack or violation of the laws in force.

According to the statistical data published and obtained from the AJ's own website it was possible to establish that the number of business promotions has increased in recent years, since by this means companies try to increase their sales by offering prizes to their customers in exchange for obtaining a token, cover or group of them included in each of their selected products in a certain time.

It has been shown that the prizes we offered to the public are from obtaining free products to opting for the collection of sums in cash or movable and real estate of great economic value.

For all this business promotion to be valid, the requirements of the same Law and the Supreme Decrees that regulate it must be met. The State cannot allow the same companies to manage the process as a whole, which is why there are requirements and penalties for non-compliance with the AJ's regulations and authorized.

In recent years you could see the number of controls on lottery games that violated the laws in force, gambling that did not record the number of machines in each of their facilities and manipulation in some cases.

It was therefore determined that the importance of ensuring that business promotions are carried out in a transparent manner and that the final beneficiaries of the prizes offered are legitimate and there was no fraud or collusion that directed or favored a particular person or group of them as could be detected in other countries on the continent.

In order to be able to prosecute if an irregular event is detected, sufficient and competent evidence must be available for the Judge in charge of the criminal proceedings to punish the material and intellectual perpetrators of this illegal event with deprivation of liberty.

This is why research techniques for the detection of irregularities in business promotions at the national level should be included.















1. ESTADO DE SITUACIÓN

1.1   PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1.1 Identificación del Problema

Al incrementarse la cantidad de negocios que quieren aumentar sus ingresos y captar nuevos clientes, la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ) les otorga la posibilidad de registrar sus promociones empresariales a empresas que ofrecen sus bienes y/o servicios a nivel nacional.

En los últimos años se evidencia el crecimiento de estas actividades económicas, pero a la vez se incrementa el riesgo del incumplimiento a la norma o alterar los procesos para que el usuario final no pueda salir beneficiado, siendo el mismo operador el beneficiario o dirigiendo la misma para luego poder beneficiarse con parte de lo promocionado.

Dadas las circunstancias, la AJ tiene como tarea fundamental la misión de fiscalización y control por medio de los procesos detectivos, operativos y de fiscalización para garantizar en las diferentes fases hasta la conclusión de la promoción empresarial la revisión y el cumplimiento a lo autorizado y reglamentado para mencionada actividad.

Se debería analizar la posible incorporar técnicas de investigación que coadyuvan a la detección y fundamentación de hechos irregulares relacionados con promociones empresariales a nivel nacional, que generaran información relevante con evidencia contundente para iniciar el proceso penal correspondiente al violar el artículo 185 Bis. del Código Penal.

Revisando los casos presentados en el país, se pudo detectar irregularidades importantes con juegos de lotería y de azar que solo beneficiaban a los propietarios de mencionadas actividades, las cuales fueron sancionadas y se tuvo que tomar medidas drásticas al respecto para sentar antecedentes ante la infracción de las normas vigentes, pero hasta la fecha no se ha enfocado una investigación a premios otorgados mediante promociones empresariales, sobre todo a las que ofrecen montos en efectivo de relevancia y/o bienes de gran valor.

1.1.2 Formulación del Problema

Dentro de las funciones de los fiscalizadores de la AJ se encuentra la revisión de la documentación proporcionada por los operadores de juegos, donde se contrasta el cumplimiento a las prohibiciones y obligaciones descritas en la Ley N° 060 las cuales generan infracciones, las cuales pueden ser leves, graves o muy graves.

Al igual que en otras entidades que también tienen la tuición de fiscalización, tuvieron la necesidad de al momento de detectar una irregularidad o por una denuncia; iniciar una investigación que no solo revisare la información proporcionada por el operador, sino logrando obtener información por otros medios para confirmar o no la ejecución de un hecho ilegal que debe pasar a instancias judiciales.

¿Se debería considerar la importancia de incorporar técnicas de investigación para la detección de irregularidades en promociones empresariales a nivel nacional mediante la AJ?

1.2  OBJETIVOS

1.2.1 Objetivo General

Analizar la importancia de las técnicas de investigación que coadyuvan a la detección y fundamentación de hechos irregulares relacionados con promociones empresariales a nivel nacional.

1.2.2 Objetivos Específicos

Los objetivos específicos se detallan a continuación:
-          Identificar las funciones, obligaciones, atribuciones, prohibiciones definidas por leyes de la AJ y los operadores a nivel nacional.
-          Describir de las técnicas de Investigación Penal que coadyuven a la identificación de irregularidades relacionadas con promociones empresariales.
-          Proponer algunas técnicas de investigación que coadyuven a la identificación de legitimación de ganancias ilícitas por parte de personas naturales o jurídicas a nivel nacional relacionadas con promociones empresariales, las cuales también pueden servir para localizar hechos ilegales ligadas a los juegos de azar.

1.3 JUSTIFICACIÓN

Justificación Académica. Coadyuvar con la investigación de hechos ilegales relacionados con promociones empresariales, logrando implementar técnicas de investigación que son empleadas por peritos forenses para la recolección de evidencia ante tribunales penales.

Justificación Social. Estas técnicas de investigación coadyuvaran a garantizar que los procedimientos ejecutados por los operadores de promociones empresariales, fueron los acordados y autorizados por la AJ. Que la sociedad pueda tener acceso a lo ofertado por el operador y si se detectara lo contrario pueda ser sancionado dando cumplimiento a las leyes vigentes.

Justificación Metodológica. El desarrollo de esta investigación surge al tener conocimiento que en otros países del continente y del mundo desde el siglo pasado, la apropiación de recursos económicos o sus similares por parte de grupos criminales que utilizan una promoción empresarial ilegal para legitimación de ganancias ilícitas ha generado duda sobre la transparencia de estas promociones.

En base a las técnicas de investigación proporcionadas en el módulo de Inteligencia Financiera Forense en búsqueda de indicios que nos proporcionaran evidencia para sustentar el o los hechos ilegales, los autores y cómplices utilizando un método descriptivo que permitirá analizar toda la información obtenida.

1.4 ALCANCES

La presente investigación está delimitada por los siguientes alcances:
Alcance Geográfico. Para la presente investigación tomaremos como referencia la integridad del Estado Plurinacional de Bolivia, refundada en fecha 07 de febrero de 2009, constituida como un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional conformado por un territorio, oblación y gobierno. Conocida anteriormente como República de Bolivia cuya independencia fue obtenida el 06 de agosto de 1825, liberándose de la opresión colonial española.

Alcance Temporal. Para el análisis se toda la información histórica y actual comprendida en los últimos veinte años, ya que se puede determinar los casos irregulares de relevancia de hechos de fraude en el Continente Americano que ayudaron a comprender la importancia de la creación de un ente fiscalizador de las actividades de lotería, juegos de azar y promociones empresariales.

Alcance Temático. Técnicas y métodos de investigación forense para la colección de evidencia en promociones empresariales ligados a la legitimación de ganancias ilícitas.

Alcance Institucional. La entidad relacionada directamente con la presente investigación es la AJ, creada el 25 de noviembre de 2010 bajo la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y Azar como institución pública, con independencia administrativa, financiera, legal y técnica; con personal jurídica, patrimonio propio. Supeditada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con competencia y jurisdicción en todo el territorio Boliviano.




2. METODOLOGÍA

2.1 TIPO DE INVESTIGACIÓN

La presente investigación por sus características tiene un enfoque cualitativo, ya que según Hernández, R (2006) un enfoque cualitativo utiliza la recolección de datos sin medición numérica para descubrir preguntas de investigación en el proceso de interpretación.

Con un diseño no experimental, al no poder recrear o experimentar con las personas o grupo de ellas para la presente investigación.

De tipo descriptivo, al querer representar por medio del lenguaje las partes y características del tema investigado para que el lector puedo comprender comenzando desde lo generala lo particular.

2.2 POBLACIÓN Y MUESTRA

La población está identificada por la AJ, ente encargado de regular, controlar y fiscalizar las actividades relacionadas a juegos de lotería, azar, sorteos y promociones empresariales de operadores autorizados. La muestra fue seleccionada de forma aleatoria.

2.3 TÉCNICAS DE RECOPILACIÓN

La información recolectada para la presenta investigación fue obtenida gracias a la revisión de documentos y evaluación de experiencias personales.

Se acudió a la publicada en las Leyes vigentes relacionadas con la AJ, la misma fue obtenida consultado vía web la página oficial de esta Entidad www.aj.bog.bo juntamente con algunas publicaciones realizadas en por revistas especializadas a nivel nacional e internacional.

2.4 INSTRUMENTOS Y TÉCNICAS DE ANÁLISIS

Los instrumentos utilizados para la presente investigación fueron:
-          Leyes y normas vigentes a nivel nacional.
-          Documentos publicados en la web.
-          Datos estadísticos publicados en la página oficial de  la AJ.
-          Publicaciones internacionales relacionadas a la fiscalización de promociones.

Todos estos instrumentos ayudaron a determinar conceptos importantes en la presente monografía y otros fueron de referencia para contextualizar lo que se quiere dar a conocer al lector.

Como técnica de análisis se acudió a la investigación bibliográfica relacionada a esta área para posteriormente realizar el análisis de la información colectada y tomar el conocimiento como base teórica para el logro de lo deseado inicialmente.















3. MARCO TEÓRICO

3.1 REFERENCIA TEÓRICA Y CONCEPTUAL

Constitución Política del Estado
Con la promulgación de la actual Constitución Política del Estado CPE (2009) establece en su artículo 299 que competencias que ejercerá en forma compartida entre el Nivel Central y las entidades territoriales autónomas es la del juego de lotería y de azar.

Al mismo tiempo, la CPE “prohíbe el monopolio y el oligopolio privado” “que pretendan el control y la exclusividad en la producción y/o comercialización de bienes y servicios” (Morales, 2009, CPE art. 314).

Una de sus funciones es participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales, logrando impulsar el desarrollo a nivel nacional, según la CPE (2009) en su artículo 316 en su inciso 4°.

Ley N° 060 Ley de Juegos de Lotería y de Azar
En fecha 25 de noviembre de 2010 se emite la Ley N° 060 sobre la Ley de Juegos de Lotería y de Azar como legislación básica para la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ).

La AJ es una institución pública con personería jurídica y patrimonio propio, con independencia administrativa, financiera, legal y técnica, supeditada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional.

Entre las actividades principales de la AJ se encuentran la de regular, controlar y fiscalizar las siguientes actividades, las cuales pueden ser:
Relacionadas a juegos de lotería, azar y sorteos. Otorgar licencias de operaciones, fiscalizar, inspeccionar y controlar la explotación de juegos de lotería, azar y sorteos con licencia de operaciones, el decomisar máquinas de juego de azar de salas ilegales, además de controlar, aplicar y ejecutar sanciones por la explotación ilegal de juegos de lotería, azar y sorteos, así como por otras infracciones administrativas establecidas en disposiciones vigentes.
Relacionadas a promociones empresariales.

Otorgar autorizaciones para cada promoción empresarial, fiscalizar, inspeccionar y controlar a las personas individuales y colectivas que realizan promociones empresariales autorizadas y/o controlar aplicar y ejecutar sanciones por la realización de promociones empresariales no autorizadas, así como por otras infracciones administrativas establecidas en las disposiciones vigentes.

Se considera promociones empresariales, según el artículo 7 de la Ley N° 060 (2010) a las actividades destinadas a obtener un incremento en la venta o captación de clientes a cambio de premios en dinero, bienes o servicios otorgados mediante sorteos o por azar, siempre que el acceso al sorteo no implique un pago por derecho de participación.

Se consideran también promociones empresariales a aquellas actividades donde las ventas incluyen premios de disponibilidad limitada y donde el “periodo de duración de la promoción empresarial será establecido reglamentariamente” (Morales, 2015, Ley N° 717 art. 3).

El artículo 2 en su párrafo II del Decreto Supremo N° 2600 (2015) establece que el periodo de duración puede ser igual o menor a tres años.

Operador
Se considerara operador según el artículo 13 de la Ley N° 060 (2010) a todas las personas jurídicas de carácter privado establecidas en el país, que tengan como giro comercial esta actividad.




Los Operadores de Juegos tienen las siguientes prohibiciones y obligaciones:

Tabla 1. Prohibiciones y Obligaciones
Prohibiciones
Obligaciones
Realizar fraudes de cualquier naturaleza en el desarrollo de los juegos, para su propio beneficio o de terceros.
Obtener la licencia o autorización para el desarrollo de las actividades de juegos de lotería y de azar.
Operar juegos sin licencia o autorización, o adicionar en sus operaciones juegos no autorizados.
Permitir y facilitar las actividades de fiscalización e inspección que realice la autoridad designada en esta Ley, de sus establecimientos, tipos de máquinas y su funcionamiento, instrumentos, documentos contables, registros informáticos y cualquier otra información.
Participar directa o indirectamente en los juegos que explota en su establecimiento.
Instalar dentro de sus establecimientos cajeros automáticos de bancos y entidades financieras, o aceptar pagos mediante tarjetas de crédito o débito.
Llevar registros contables de sus operaciones.
Proporcionar al jugador la información sobre la operación y procedimiento de los juegos que oferte.
Aceptar, como medio de pago para participar en el juego, bienes en especie, valores, derechos o acciones.
Garantizar y asegurar el desarrollo de los juegos pagados por el jugador.
Permitir la participación en juegos al crédito.
Otorgar a la conclusión del juego la totalidad de los premios ganados por el jugador.
Fijar establecimientos de juego en lugares próximos a instituciones de educación, salud, hogares de beneficencia, iglesias y otros que determinen las leyes de desarrollo.
Resguardar los derechos de los jugadores establecidos en esta Ley.
Cumplir las normas técnicas previstas para cada juego.
Instalar de máquinas o cualquier otro medio de juego no autorizado por la AJ.
Hacer cumplir las condiciones para la admisión a salones de juego o casinos; como menores de 18 años, privados de razón y los interdictos por discapacidad mental, personas en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas, personas que porten armas, con excepción de la Policía y los que no puedan acreditar su identidad con el documento oficial de identificación.
Utilizar máquinas u otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional o extranjero.
Omitir total o parcialmente la entrega de premios.
Diferir la entrega de premios.
Establecer monopolio o cualquier forma de exclusividad de empresas privadas en la explotación de juegos de azar en sus distintas modalidades.
Otras establecidas por el nivel central o los gobiernos autónomos en el marco de sus competencias.
Otras que se establezcan por el nivel central o los gobiernos autónomos en el marco de sus competencias.
Fuente: Ley N° 060, 2010.
Participante
Los Participantes o Jugadores de Juegos tienen derechos al tiempo efectivo del juego, obtener información del producto y/o las condiciones del juego por parte del operador, al cobro de los premios obtenidos.

Adicionalmente puede realizar sus reclamos ante la instancia que corresponda, exigir la devolución de lo paga cuando se detecte fraude o no se actué de forma transparente.

Atribuciones de la AJ
La AJ cuenta con las siguientes Atribuciones:

Tabla 2.1. Atribuciones de la AJ
Atribuciones
Emitir disposiciones administrativas y regulatorias generales y particulares, para la aplicación de la Ley N° 060.
Establecer los requisitos para otorgar las licencias y autorizaciones.
Otorgar licencias para el desarrollo de los juegos regulados por esta Ley por un periodo de hasta diez (10) años renovables, previa evaluación.
Otorgar permisos para el desarrollo de las diferentes modalidades de juegos.
Otorgar autorizaciones por cada promoción empresarial.
Establecer las características de las máquinas, instrumentos, software, accesorios y todo otro medio de juego importado o fabricado para su instalación y mantenimiento.
Ejercer la fiscalización, inspección y control a los operadores del juego.
Decomisar máquinas, instrumentos y todo otro medio de juego conforme a causales y procedimientos establecidos en la presente Ley.
Aplicar y ejecutar sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley.
Establecer límites máximos a los importes de apuestas en juegos de azar.
Coordinar actividades de control y fiscalización con los gobiernos autónomos departamentales, municipales y otras instituciones del Órgano Ejecutivo.
Disponer la retención, el levantamiento de la retención y la remisión de fondos retenidos en el sistema bancario y financiero, a través de la Autoridad de Superintendencia del Sistema Financiero ASFI como medida de prevención o ejecución.
Fuente: Ley N° 060, 2010

Según la Ley N° 060 (2010) en su artículo 19 el Estado entre una de sus responsabilidades está la de otorgar autorizaciones y licencias, fiscalizar y sancionar las actividades de juegos de lotería y de azar a través de la AJ.

Estructura Organizacional
La AJ está compuesta por las siguientes jefaturas descritas en el gráfico adjunto, a la cabeza de su Dirección Ejecutiva.

Gráfico 1. Estructura Organizacional
Fuente: Rendición de Cuentas 2019.

Son considerados niveles técnicos operativos a la Direcciones Técnicas, Dirección Administrativa, Dirección Jurídica y Unidad de Auditoría Interna, según el artículo 22 de la Ley N°060 (2010).

Decretos Supremos
El Decreto Supremo N° 0781 reglamenta lo mencionado en el Título III de la Ley N° 060 sobre las licencias, autorizaciones y régimen de sanciones relacionadas a la AJ, así como el Decreto Supremo N° 0782 reglamenta el régimen tributario mencionado en el Titulo IV de la Ley N° 060.

Considerando que las licencias son requisito indispensable para operar juegos de azar y sorteos, según el artículo 12 del D.S. N° 0781 (2011) los requisitos son: poseer como giro comercial la explotación de los juegos de azar y sorteos; contar con un capital pagado en dinero o en bienes no menor a 1.500.000 Unidades de Fomento de la Vivienda UFV's. y tener domicilio de su actividad principal dentro de territorio nacional.

La AJ podrá otorgar autorizaciones tanto para juegos de sorteos con fines benéficos como para promociones empresariales.

Solo podrán obtener autorizaciones para promociones empresariales las personas naturales y sociedades comerciales matriculadas en el Registro de Comercio, según el artículo 21 del D.S. N° 0781 (2011) cumpliendo los siguientes requisitos:
-          Matrícula actualizada en el Registro de Comercio.
-          Número de Identificación Tributaria NIT.
-          Constitución de sociedad y poder de representación en el caso de las sociedades comerciales.
-          Proyecto de desarrollo de la promoción, con las siguientes especificaciones como periodo de duración; modalidad de premiación; lugar, fecha y modalidad de sorteo; premio ofertado con indicación del valor comercial del mismo; y, lugar y fecha de entrega de premios.

El operador en un plazo de cinco días hábiles podrá obtener o no la autorización correspondiente, mediante la Resolución Administrativa en el caso de ser positiva podrá dar inicio a la difusión y publicación de los premios ofrecidos al público bajo los términos previamente aprobados por la AJ.

El proyecto de la promoción debe cumplir con condiciones según el D.S. N° 2600 (2015) en su artículo 2 párrafo II como: un determinado periodo de duración, una modalidad de premiación, fecha de sorteo y entrega de premios ya sean en dinero, bienes o servicios determinando la cantidad, precio y valor total.

Gráfico 2.1. Flujo de proceso para la otorgación de Autorización a Promociones Empresariales
Fuente: Autorización Promociones Empresariales, 2020.

Facultades de la AJ
La AJ según el artículo 26 del D.S. N° 0781(2011) tiene la facultad de fiscalizar y controlar las actividades y operaciones de juegos de lotería, azar, sorteo, promociones empresariales y sorteos con fines benéficos. Entre sus actuaciones podemos citar las siguientes:

Tabla 2.2. Facultades de la AJ
Facultades
Realizar inspecciones a los establecimientos de juegos.
Verificar el desarrollo de los juegos autorizados.
Verificar los medios de juego y los medios de acceso.
Requerir información contable, legal, financiera e informática de la administración de la empresa y de los juegos.
Requerir la presentación de información, certificación y/o acreditación relativa a las máquinas de juegos de azar, en cualquier medio o soporte.
Convocar a los operadores, sus dependientes, participantes y otros para prestar información.
Adoptar medidas preventivas en el desarrollo de los juegos y medios de juego.
Requerir información a instituciones públicas y privadas que tengan relación con las actividades de los operadores de juego.
Requerir información, sobre el origen del capital aportado por los socios o accionistas a la sociedad y destino de los recursos invertidos o generados en el desarrollo de las actividades de juegos, a entidades de intermediación financiera e investigación financiera del país o del exterior a través de la Unidad de Investigación Financiera UIF de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI.
Decomisar preventivamente las máquinas y medios de juego.
Imponer y ejecutar sanciones.
Otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Fuente: Ley N° 060, 2010

Controles Detectivos a Promociones Empresariales
Considerando que los funcionarios dependientes del Departamento de Fiscalización y Control también realizan controles detectivos a promociones empresariales, las mismas pueden realizarse fuera de las oficinas de la AJ, como los recorridos por lugares comerciales in situ y las realizadas en oficinas de la AJ monitoreando emisoras de radio, televisión y/o páginas web para detectar promociones no autorizadas a instancias superiores.

Los profesionales después de realizar sus controles detectivos pueden elaborar un informe la cual puede presentar observaciones, detectando alguna promoción empresarial no autorizada en ejecución sin autorización, la cual pasa a la Dirección Jurídica para la revisión de los antecedentes e intervención posterior en el lugar donde se desarrolle el acto ilegal.



Gráfico 2.2. Flujo de procesos para realizar Controles Detectivos de Promociones Empresariales
Fuente: Control Detectivo de Promociones Empresariales, 2020.

Considerando la información de la gestión 2019 proporcionada por la Dirección Nacional de Fiscalización de la AJ se puede evidenciar que los controles detectivos de promociones empresariales a nivel nacional fueron en total 7,771 a comparación de los 7,566 de la gestión 2018 y 8,009 realizados en la gestión 2017 incluidos los realizados directamente por la Dirección Nacional de Fiscalización.

Tabla 3. Controles Detectivos de Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2019
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
203
268
245
716
FEBRERO
217
222
200
639
MARZO
258
182
176
616
ABRIL
256
168
228
652
MAYO
246
317
219
782
JUNIO
259
183
198
640
JULIO
215
184
226
625
AGOSTO
190
183
234
607
SEPTIEMBRE
214
240
215
669
OCTUBRE
201
220
212
633
NOVIEMBRE
207
174
202
583
DICIEMBRE
226
186
197
609
Total
2.692
2.527
2.552
7.771
Participación
34,64%
32,52%
32,84%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfico 3.1. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfico 3.2. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Tabla 4. Controles Detectivos de Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2018
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
192
108
150
450
FEBRERO
200
107
148
455
MARZO
260
158
158
576
ABRIL
247
116
138
501
MAYO
214
160
257
631
JUNIO
234
168
231
633
JULIO
233
176
170
579
AGOSTO
305
343
279
927
SEPTIEMBRE
195
309
228
732
OCTUBRE
205
184
281
670
NOVIEMBRE
240
295
244
779
DICIEMBRE
215
225
193
633
Total
2.740
2.349
2.477
7.566
Participación
36,21%
31,05%
32,74%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfico 4.1. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfico 4.2. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Tabla 5. Controles Detectivos de Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2017
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Dir. Nac. De Fiscalización
Total
ENERO
138
51
40
138
367
FEBRERO
144
41
120
114
419
MARZO
188
106
95
151
540
ABRIL
222
112
199
132
665
MAYO
140
118
315
122
695
JUNIO
193
101
189
118
601
JULIO
207
187
246
141
781
AGOSTO
190
287
300
143
920
SEPTIEMBRE
127
124
260
149
660
OCTUBRE
181
222
256
151
810
NOVIEMBRE
191
221
244
138
794
DICIEMBRE
133
262
217
145
757
Total
2.054
1.832
2.481
1.642
8.009
Participación
25,65%
22,87%
30,98%
20,50%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfico 5.1. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.

Gráfico 5.2. Controles Detectivos de Promociones Empresariales (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.

Controles Operativos a Promociones Empresariales
Considerando la información de la gestión 2019 proporcionada por la Dirección Nacional de Fiscalización de la AJ se puede evidenciar que los controles operativos a promociones empresariales a nivel nacional fueron en total 1,007 a comparación de los 878 de la gestión 2018 y 776 realizados en la gestión 2017.

Tabla 6. Controles Operativos a Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2019
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
28
27
19
74
FEBRERO
26
34
29
89
MARZO
30
25
20
75
ABRIL
28
0
23
51
MAYO
29
41
24
94
JUNIO
28
30
23
81
JULIO
29
34
23
86
AGOSTO
22
32
22
76
SEPTIEMBRE
34
47
25
106
OCTUBRE
37
34
25
96
NOVIEMBRE
25
38
23
86
DICIEMBRE
27
45
21
93
Total
343
387
277
1.007
Participación
34,06%
38,43%
27,51%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfico 6.1. Controles Operativos a Promociones Empresariales (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfico 6.2. Controles Operativos a Promociones Empresariales (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Tabla 7. Controles Operativos a Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2018
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
24
30
26
80
FEBRERO
21
25
13
59
MARZO
26
26
14
66
ABRIL
26
25
11
62
MAYO
26
28
21
75
JUNIO
25
26
19
70
JULIO
26
29
19
74
AGOSTO
26
26
24
76
SEPTIEMBRE
29
29
20
78
OCTUBRE
30
31
26
87
NOVIEMBRE
30
13
23
66
DICIEMBRE
24
33
28
85
Total
313
321
244
878
Participación
35,65%
36,56%
27,79%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfico 7.1. Controles Operativos a Promociones Empresariales (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfico 7.2. Controles Operativos a Promociones Empresariales (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Tabla 8. Controles Operativos a Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2017
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
20
23
11
54
FEBRERO
20
27
15
62
MARZO
25
29
5
59
ABRIL
22
28
20
70
MAYO
23
23
17
63
JUNIO
22
29
19
70
JULIO
22
27
14
63
AGOSTO
22
28
18
68
SEPTIEMBRE
24
27
19
70
OCTUBRE
22
25
16
63
NOVIEMBRE
22
24
18
64
DICIEMBRE
20
26
24
70
Total
264
316
196
776
Participación
34,02%
40,72%
25,26%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfico 8.1. Controles Operativos a Promociones Empresariales (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfico 8.2. Controles Operativos a Promociones Empresariales (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.

Fiscalización a Promociones Empresariales
Considerando la información de la gestión 2019 proporcionada por la Dirección Nacional de Fiscalización de la AJ se puede evidenciar que las fiscalizaciones a promociones empresariales a nivel nacional fueron en total 740 a comparación de los 692 de la gestión 2018 y 663 realizados en la gestión 2017.

Gráfico 9.1. Flujo de proceso para la realización de Fiscalización a Promociones Empresariales
Fuente: Fiscalización Promociones Empresariales, 2020.

Según el D.S. N° 2600 (2015) en su artículo 2 párrafo III determina que las copias notariadas de las actas de sorteo y entrega de premios serán remitidas a la AJ dentro de los diez días hábiles después del acto. Mencionada acta deberá contener la identidad de los beneficiarios.

Según el D.S. N° 2600 (2015) en su artículo 2 párrafo IV indica que los premios no entregados a los beneficiarios en un plazo de diez días después del vencimiento del periodo para su recojo será transferido a la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad LONABOL para fines benéficos.

Sobre la entrega de premios sin sorteo establece que:
-          Los premios serán entregados mediante un registro en un libro notariado o en digital quince días finalizada la promoción.
-          La entrega de premios se realiza en dos o más periodos mensuales, se debe informar a la AJ sobre la cantidad y el valor de los premios entro de los diez días finalizado el mes.
-          Si los premios fueron entregados por terceros o intermediarios de igual forma se debe entregar una copia del descargo notariado o en digital indicando el medio de acceso para el canje del premio.
-          Los premios limitados en cantidad se los podrá realizar en acto público en presencia del Notario de Fe Pública. También cuenta con diez días después de realizado el acto para remitir la información a la AJ.
-          Los premios limitados en cantidad que no cuenten con ganador será remito a la LONABOL quince días después de finalizada la promoción.

Tabla 9. Fiscalización a Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2019
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
17
5
8
30
FEBRERO
16
18
7
41
MARZO
24
23
8
55
ABRIL
23
20
9
52
MAYO
23
21
9
53
JUNIO
18
33
10
61
JULIO
16
5
14
35
AGOSTO
16
16
14
46
SEPTIEMBRE
16
17
16
49
OCTUBRE
34
43
12
89
NOVIEMBRE
25
52
16
93
DICIEMBRE
42
81
13
136
Total
270
334
136
740
Participación
36,49%
45,14%
18,38%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfica 9.2. Fiscalización a Promociones Empresariales (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfica 9.3. Fiscalización a Promociones Empresariales (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Tabla 10. Fiscalización a Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2018
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
13
20
4
37
FEBRERO
15
16
2
33
MARZO
19
21
3
43
ABRIL
20
21
14
55
MAYO
18
22
12
52
JUNIO
22
21
13
56
JULIO
19
19
11
49
AGOSTO
19
23
13
55
SEPTIEMBRE
20
17
11
48
OCTUBRE
21
33
14
68
NOVIEMBRE
23
40
22
85
DICIEMBRE
20
47
44
111
Total
229
300
163
692
Participación
33,09%
43,35%
23,55%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfica 10.1. Fiscalización a Promociones Empresariales (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfica 10.2. Fiscalización a Promociones Empresariales (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Tabla 11. Fiscalización a Promociones Empresariales al 31 de Diciembre de 2017
Mes
Dir. Reg.    La Paz
Dir. Reg. Santa Cruz
Dir. Reg. Cochabamba
Total
ENERO
9
14
8
31
FEBRERO
19
23
6
48
MARZO
19
22
20
61
ABRIL
19
25
13
57
MAYO
20
22
11
53
JUNIO
19
23
15
57
JULIO
20
20
15
55
AGOSTO
19
24
14
57
SEPTIEMBRE
18
18
12
48
OCTUBRE
19
26
11
56
NOVIEMBRE
18
23
8
49
DICIEMBRE
22
31
8
61
Total
221
271
141
633
Participación
34,91%
42,81%
22,27%
100%
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfica 11.1. Fiscalización a Promociones Empresariales (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfica 11.2. Fiscalización a Promociones Empresariales (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.

Recaudación Impositiva por Promociones Empresariales
Considerando la gran cantidad de promociones empresariales ejecutadas a nivel nacional en los últimos años, también es bueno mencionar en datos económicos las cantidades recaudadas en cada una de estas últimas gestiones con relación directa al Impuesto al Juego IJ.

Lo establecido según el artículo 7 del D.S. 0782 (2015) como alícuota a las promociones empresariales es del 10% que debe ser recaudado por el Servicio de Impuestos Nacionales SIN por el Operador de forma mensual.

Considerando la base imponible para el IJ según lo indicado en el artículo 6 del D.S. 0782 (2015) puede ser calculado por el importe total del premio, cuando sea en efectivo o el valor de adquisición reflejado en la factura o precio de mercado cuando el premio sea en especie. También puede ser el importe pagado por el sujeto pasivo por el premio otorgado por los servicios que serán prestados por el mismo sujeto pasivo.

Tabla 12. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN al 31 de Diciembre de 2019

PE AUTORIZADAS - AJ
IJ-PE SIN (RECAUDACIONES)
Mes
Valor en Premios Bs.
10% en Bs. AJ
PE por Periodo Pagado en Bs.
PE por fecha de Pago en Bs.
ENERO
2.034.166
203.417
1.883.722
20.656.954
FEBRERO
7.117.332
711.733
1.908.328
1.874.608
MARZO
7.614.005
761.401
7.844.093
1.987.606
ABRIL
3.578.894
357.889
5.395.018
7.651.598
MAYO
11.845.031
1.184.503
12.454.147
5.745.148
JUNIO
2.495.818
249.582
7.566.194
12.462.962
JULIO
3.656.805
365.680
6.885.153
7.597.295
AGOSTO
3.438.141
343.814
5.561.312
6.913.782
SEPTIEMBRE
10.630.584
1.063.058
7.816.719
5.563.631
OCTUBRE
2.576.312
257.631
5.218.817
7.763.143
NOVIEMBRE
1.895.607
189.561
3.478
5.248.801
DICIEMBRE
10.745.972
1.074.597
0
0
Total
67.628.667
6.762.866
62.536.981
83.465.528
Fuente: Reporte MINAJ - AJ al 31/12/2019 e Información remitida mensualmente por el SIN al 30/11/2019
Nota: No incorpora el valor en premios de los premios con valor indeterminado
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfica 12.1. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Gráfica 12.2. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (Gestión 2019)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2019.


Tabla 13. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN al 31 de Diciembre de 2018

PE AUTORIZADAS - AJ
IJ-PE SIN (RECAUDACIONES)
Mes
Valor en Premios Bs.
10% en Bs. AJ
PE por Periodo Pagado en Bs.
PE por fecha de Pago en Bs.
ENERO
5.703.147
570.315
4.545.203
21.140.846
FEBRERO
4.527.491
452.749
6.128.743
4.696.760
MARZO
3.329.568
332.957
7.376.095
6.205.005
ABRIL
4.838.758
483.876
4.911.056
7.045.603
MAYO
6.646.776
664.678
10.985.127
4.800.714
JUNIO
4.732.038
473.204
5.965.331
11.317.942
JULIO
2.677.133
267.713
7.246.750
6.075.731
AGOSTO
4.424.420
442.442
6.455.898
7.006.797
SEPTIEMBRE
2.506.444
250.644
5.714.089
6.623.343
OCTUBRE
3.692.796
369.280
6.483.253
5.801.538
NOVIEMBRE
9.448.429
944.843
60.416
6.657.690
DICIEMBRE
9.348.258
934.826
0
0
Total
61.875.258
6.187.527
65.871.961
87.371.969
Nota: Reporte MINAJ - AJ al 31/12/2018 e Información remitida mensualmente por el SIN al 30/11/2018
Nota: No incorpora el valor en premios de los premios con valor indeterminado
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfica 13.1. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Gráfica 13.2. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (Gestión 2018)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2018.


Tabla 14. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN al 31 de diciembre de 2017


PE AUTORIZADAS - AJ
IJ-PE SIN (RECAUDACIONES)
Mes
Valor en Premios Bs.
10% en Bs. AJ
PE por Periodo Pagado en Bs.
PE por fecha de Pago en Bs.
ENERO
4.583.487
458.349
3.492.648
17.861.989
FEBRERO
4.368.026
436.803
4.861.800
3.539.850
MARZO
8.007.635
800.763
4.377.805
4.203.691
ABRIL
4.061.158
406.116
5.490.250
4.142.451
MAYO
2.521.340
252.134
11.033.680
5.269.486
JUNIO
1.752.910
175.291
4.216.764
11.234.149
JULIO
4.091.626
409.163
4.932.594
4.557.020
AGOSTO
2.741.158
274.116
9.739.869
4.935.748
SEPTIEMBRE
3.040.615
304.061
4.658.567
5.170.384
OCTUBRE
3.604.072
360.407
150.907
9.988.264
NOVIEMBRE
7.948.530
794.853
0
0
DICIEMBRE
4.625.073
462.507
0
0
Total
51.345.630
5.134.563
52.954.884
70.903.032
Nota: Reporte MINAJ - AJ al 31/12/2017 e Información remitida mensualmente por el SIN al 30/10/2017
Nota: No incorpora el valor en premios de los premios con valor indeterminado
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfica 14.1. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.


Gráfica 14.2. Relación Promociones Autorizadas por la AJ y Recaudación Impuestos por Promociones Empresariales por el SIN (Gestión 2017)
Fuente: Estadísticas Dirección Nacional de Fiscalización Gestión 2017.

Sanciones Impuestas a Promociones Empresariales
Dentro del régimen sancionador establecido en el artículo 28 de la Ley 060
(2010), está considerado toda transgresión e infracción a la Ley mencionada considerándose la misma como muy grave, grave o leve.

Una infracción muy grave exige la revocatoria de la licencia u autorización, en los casos de:
-          La cesión y/o transferencia a cualquier título de la autorización o licencia para el desarrollo de la actividad del juego a otra persona.
-          La comisión por tercera vez de una infracción grave en un año.

Una infracción grave exige la multa de 5.000 UFV's, en los casos de:
-          Desarrollar juegos no permitidos o prohibidos por la presente Ley.

Una infracción grave exige la multa de 10.000 UFV's, en los casos de:
-          Omitir en forma parcial o total o diferir la entrega de premios.
-          Impedir u obstaculizar la función de fiscalización e inspección de la AJ.
-          Realizar promociones empresariales no autorizadas.
-          Incumplir las normas técnicas previstas en el reglamento de cada juego.
-          La comisión de una infracción leve por tercera vez en el plazo de un año.
Una infracción leve exige la multa de 2.000 UFV’s, en los casos de:
-          Cualquier otra infracción a la presente Ley y a las normas emitidas por la Autoridad de Fiscalización del Juego.

Gráfica 15. Montos de Sanciones Impuestas en Bs. a Promociones Empresariales (2019)
Fuente: Rendición de Cuentas 2019.


Gráfica 16. Montos de Sanciones Impuestas en Bs. a Promociones Empresariales (2018)
Fuente: Rendición de Cuentas 2018.

Todas las multas deben ser pagadas en los tres días hábiles después de realizada la notificación, ocasionará la clausura hasta su pago incluyendo el recargo hasta el día del pago más un 5% adicional.

La AJ podrá solicitar a la autoridad correspondiente la retención de los fondos existentes en el sistema financiero del infractor para garantizar el pago de la multa.
Según el artículo 185 Bis. del Código Penal (1972) y la Ley Nº 004 (2010) Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, en caso de verificarse que a través de los juegos se ha cometido legitimación de ganancias ilícitas, es decir, corrupción, organización criminal, estafa, fraude, delitos tributarios o extorsión. Esto implicara la privación de libertad de cinco a diez años y adicionalmente el establecimiento en el que se cometa este delito será clausurado definitivamente.

Auditoría y sus Orígenes
Las primeras tareas realizadas por el ser humano recocidas como auditoría se encuentran desde la civilización Azteca o Sumeria. Antiguamente las sociedades eran obligadas a pagar tributos y los que dirigían las mismas requerían que sean estas pagadas correctamente y se designaban fiscalizadores o revisores, es decir, personas que se dediquen a oír ya que la rendición de cuentas era realizada de forma pública o se dedicaba a escuchar lo que conversaba entre las personas para contrastar si lo pagado era el monto correcto a divulgado entre los pobladores.

En el continente americano, el pueblo Azteca contaba con un grupo de recaudadores y revisores que reportaban el incumplimiento de tributos por parte de los indígenas que con el pasar de los años formaron parte de la conquista de México luchando junto a Hernán Cortez.

En Sudamérica en la Colonia los pobladores tenían que pagar tributo a los Reyes de España mediante las autoridades designadas en cada Virreinato juntamente con la Iglesia Católica, los que se oponían eran juzgados y obligados a pagar; ya que se contaba con reportes elaborados por los auditores de esa época y era considerado evidencia para llevarlos a Tribunales y exigir el pago.

En el Siglo XV los dueños de grandes empresas contrataban a personas para que realicen la revisión de la documentación presentada por los administradores y verificar que no exista fraude en las cuentas o irregularidades que puedan afectar económicamente a sus propietarios.

Con la Revolución Industrial se generó la necesidad de que profesionales expertos realicen la revisión de los Balances Generales y/o revisión detallada de las cuentas de diferentes empresas a solicitud de la Gerencia con el objetivo de obtener la seguridad de que los registros presentados son correctos y no existió fraude alguno en el periodo revisado por el auditor.

Ya en el siglo pasado cambió el enfoque conocido del Auditor a expresar una opinión sobre la presentación razonable de los Estados Financieros y los resultados de las operaciones obtenidas de una determinada empresa.

Con el crecimiento de las empresas los profesionales tuvieron que realizar sus labores seleccionando una muestra representativa de cada una de las transacciones para realizar su análisis y se dio mucha importancia al control interno como parte de la revisión a realizar.

Con el pasar de los años la auditoría como ciencia se fue especializando en diferentes ramas:
-          Auditoría Financiera
-          Auditoría Gubernamental
-          Auditoría Externa
-          Auditoría Interna
-          Auditoría Administrativa
-          Auditoría Operacional
-          Auditoría Tributaria
-          Auditoría Ambiental
-          Auditoría Informática
-          Auditoría Forense

Auditoria Forense
Auditoria forense según Márquez (2018) está compuesto por dos términos que definen la naturaleza de su función:
-          Auditoría. Que es la revisión de la contabilidad de una empresa para la elaboración de un dictamen donde se garantiza la veracidad de la información.
-          Forense. Que procede del latín forensis que significa público y manifiesto; a la vez que deriva de fórum o foro.

Se podría considerar a la Auditoría Forense como una auditoría especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos, es decir, es la otra faceta del auditor que procura prevenir y estudiar los hechos de corrupción.

También se puede entender como un proceso de fiscalización, control e investigación aplicado a determinada información que luego será presentado en tribunales frente al acusado del delito económico o fraude.

El termino fraude proviene del latín fraus o fraudes que significa acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete.

Corrupción proviene del latín corruptĭo que significa acción o efecto de corromper. Se puede entender como corrupción al comportamiento de una o más personas que transgrede las normas vigentes.

Para comprender de mejor manera que es fraude, podemos identificar las condiciones necesarias para que se configure un hecho fraudulento, denominado por diferentes autores como Triangulo del Fraude, que está compuesto por:
-          Oportunidad. La persona en su posición de confianza logra determinar que los controles en una determinada operación no cuenta con controles o los mismos son débiles.
-          Presión. Surge de factores externos a la persona que requiere mejorar sus ingresos de forma inmediata.
-          Racionalización. La persona considera que el acto ilegal es común, que todos lo realizan, se lo deben o se lo ha ganado con el tiempo y tiene la obligación de realizarlo sin la necesidad de informarlo.
-          Capacidad. La persona en ocasiones también debe contar con conocimientos suficientes para cometer el hecho, ya que el mismo requiere de algún tipo de habilidad o instrucción previa, en algunos casos especializados.

La auditoría forense cuenta con varios objetos principales, entre los cuales se encuentra la luchar contra la corrupción y el fraude logrando identificar a los supuestos responsables, disuadir a las personas a prácticas deshonestas y evita la impunidad.

Entre las disciplinas relacionadas con la auditoría forense se encuentran la contabilidad, el derecho, la criminología y la investigación

La auditoría forense puede ejecutarse con diferentes tipos de enfoque:
-          Enfoque Preventivo. destinadas a prevenir irregularidades
-          Enfoque Detectivo. cuando se presume la existencia de un delito. Se caracteriza por el uso de técnicas para la acumulación de indicios o evidencia que demuestren el hecho, pudiéndose determinar el monto del fraude, posible tipificación, a los autores, cómplices y los efectos posteriores del mismo.

En auditoria forense se utilizan técnicas de investigación penal, entre las que podemos mencionar:
-          Análisis de registros bancarios. Se estudian los libros, cuentas, balances y operaciones para poder distinguir las relevantes con el caso.
-          Análisis de registros financieros. Se revisan todas las transferencias u operaciones realizadas por las personas sospechosas tanto dentro como fuera del país en el periodo que es investigado.
-          Análisis de reportes de operaciones sospechosas. Información recolectada por la Unidad de Investigación Financiera de todas las entidades de intermediación financiera existentes a nivel nacional consideradas sospechosas por sus clientes.
-          Entrevistas financieras. Son conversaciones con sospechosos, testigos, informantes de temas financieros relacionados con el caso investigado.
-          Vigilancia. Es donde una persona o grupo de personas es observado y/o seguido las 24 horas del día, logrando obtener información que no se logra por los otros medios.
-          Allanamiento financiero. Es la inspección de un determinado lugar previa autorización escrita de un juez o autoridad competente.
-          Registro de llamadas. Es un instrumento que registra los números marcados desde un número de teléfono en específico, pueden o no ser grabadas cada una de las llamadas.
-          Revisión de la basura. Es la revisión de los desechos generados por el sospechoso que luego de ser botados pueden ser revisados por los investigadores.

También podemos mencionar técnicas especiales de investigación, como:
-          Uso de agentes encubiertos. Agentes policiales, personal especializado o civiles cambian de identidad para ingresar en una organización criminal para obtener evidencia.
-          Uso de informantes. Se acude a personas que tienen contacto con organizaciones criminales o conocen del tema a investigar para obtener información que no se pudo lograr por otros medios.
-          Entrega controlada. Permite que bienes sospechosos o ilegales sean transferidos entre personas con el conocimiento y autorización de la autoridad competente.
-          Arrepentimiento. Persona investigada, ya sea sospechosa o no que puede ayudar de forma voluntaria, oportuna y veraz con la justicia.
-          Recompensas. Se intercambian beneficios económicos a cambio de información privilegiada para esclarecer un hecho ilegal o llegar a una determinada persona.
-          Testigos bajo reserva de identidad. Se acudo a proteger a una persona y su familia que de forma voluntaria quiere colaborar con la justicia sin que su nombre sea mencionado en el proceso legal.
-          Vigilancia electrónica. Ocupa todos los medios tecnológicos y/o electrónicos conocidos.
Todas estas técnicas tienen la finalidad de recolectar información, que a un inicio se consideran indicios, luego evidencia que el Juez o autoridad correspondiente considerara que el mismo pase a ser prueba del delito cometido.

No todas estas técnicas pueden ser ocupadas en todo tipo de investigación, existen algunas que requieren autorización judicial o que el Fiscal a cargo autorice la misma.

Existen entre estas algunas que son muy intrusivas y que pueden vulnerar la privacidad de las personas o llegar a romper los tratados y convenciones internacionales vigentes en el Estado Plurinacional.

3.2 ANÁLISIS DESCRIPTIVO O NARRATIVO

Para comprender de mejor manera la importancia del uso de las técnicas de investigación en hechos irregulares, se presenta el siguiente caso desarrollado en los Estados Unidos relacionado con la empresa Mc Donald's.

En el año 1989 la empresa Mc Donald's inicio su promoción de Monopoly donde cualquier usuario por la compra de sus productos podía optar a acceder a fichas pegadas en los envases, productos y revistas a nivel nacional. Entre los premios ofertados se encontraban bebidas, hamburguesas gratis, entradas a conciertos, viajes, dinero en efectivo y el premio máximo era la entrega de un millón de dólares americanos.

Para que alguno de los usuarios pueda ganar los premios de relevancia tenía que juntar todas las propiedades de un determinado color, al igual que otras naciones la empresa operadora no podía administrar la promoción es por este hecho que la empresa Simon Marketing Inc. se hacía cargo de la impresión y distribución de las piezas de mencionada promoción a nivel nacional.
La Empresa especializada en marketing tiene el control total de la impresión, logística de todas las piezas vinculadas a esta promoción empresarial con las máximas medidas de seguridad y confidencialidad para transparentar dicho juego.

En el año 1996 la persona encargada de la supervisión y control de la promoción de la empresa Mc Donald's era el señor Jerome Jacobson, un ex policía que gracias a su esposa logro llegar a este empleo.

Justamente en una determinada fecha llegó a su oficina una caja con los sellos metálicos de seguridad que eran utilizados para cerrar el sobre que transportaba las fichas ganadoras de la imprenta que también en esa ocasión imprimía los boletos de lotería en Estados Unidos hacia la fábrica de ensamblado de las piezas de Mc Donald's.

Este proceso delicado se lo hacía junto con una auditora de una empresa externa que daba fe que las piezas que completaban las serie para optar a uno de los premios si eran ingresamos a la fase de ensamblado y luego era mezclado para distribuirse a nivel nacional en el todas de sucursales habilitadas.

La etapa en donde Jerome Jacobson se apoderaba de las piezas ganadoras fue en la sala de reembarque en el aeropuerto donde la auditora liberaba las esposas del maletín donde estaba el sobre para que pueda ingresas el Sr. Jacobson al baño.

En ese momento se aperturaba el maletín, ya que antes por la habilidad según cuenta la ex esposa del Sr. Jacobson pudo tal vez en un momento de descuido poder observar la clave secreta de la auditora que le daba acceso al sobre el cual con delicadeza era abierto por el sello de seguridad y se procedía al reemplazo de las piezas que era marcado también en el sobre.

Para que la auditora no se diera cuenta de la apertura el Sr. Jacobson se encargaba de sellar sobre el sello original metálico que por error le fue entregado y no reclamado tiempo atrás. Cuando se presenciaba la introducción de las piezas ganadoras al circuito de ensamblaje, nadie dudaba de la transparencia de ese hecho.

El Sr. Jacobson ya con las piezas ganadoras en su poder entregaba las mismas a sus amigos y familiares a cambio de montos económicos importantes. Pero el sabía que para que no causar sospechas tenía que instruir a las personas que ganarían el premio debían trasladarse a otros estados para reclamar el mismo, inventar historias de cómo y en qué circunstancias lograron obtener la pieza ganadora.

Varias de las personas ganadoras tuvieron hasta que hipotecar sus casa para poder pagar tanto al Sr. Jacobson como a sus intermediarios de la red, entre los cuales destaca Gennaro Colombo miembro de la mafia italiana que logro canjear un auto con esta promoción y se encargaba de reclutar más personas para cobra los premios apropiados ilegalmente.

El procedimiento acordado entre los componentes de esta red era pagar un monto considerable antes de reclamar el premio al Sr. Jacobson, una fracción mensual los primeros años al señor Colombo y el restante era de propiedad del ganador quien recibía los pagos por parte de Mc Donald's.

Todos sus planes se realizaban con éxito hasta que el 2000 gracias a una llamada anónima al Oficina Federal de Investigaciones FBI donde indicaron que los ganadores de los premios de ofrecía Mc Donald's tenían vínculos familiares. A un inicio los agentes del FBI no consideraron como prioritario la investigación de este hecho, al solo contar con el dato que el Tío Jerry estaba detrás de todo esto.

Después de investigar a los últimos ganadores de un millón de dólares, los agentes se dieron cuenta que las direcciones que informaron mencionados ganadores no coincidían con los habituales y que los mismos se concentraban en aproximaciones de un solo estado, lo cual era poco probable y que a pesar que las personas llevaban distintos apellidos si tenían vínculos familiares entre ellos.

Los agentes llamaron a esta operación Respuesta Final y se reunieron de forma confidencial con los encargados de seguridad de Mc Donald's para informar de este hecho y poder coordinar actividades para recolectar evidencia hasta llegar con la cabeza de esta red.

Entre las técnicas que se utilizaron en esta operación, están:
-          Ocupar agentes encubierto para visitar a los ganadores y realizar grabaciones con cada uno.
-          Escucha telefónica de los sospechosos y la grabación de horas de conversaciones para identificar a los vinculados con estos hechos.
-          Vigilancia de las personas sospechosas que ayudarían a crear un perfil de cada uno.
-          Revisión de información financiera y no financiera de cada uno de los sospechosos.

Cuando se obtuvo evidencia suficiente de cómo operaba esta red, en el mes de agosto de 2001 se pudo arrestar tanto a la cabeza como a sus intermediarios al mismo tiempo y poder conversas con las personas que fueron convencidas para el cobro de los diferentes premios.

Antes del juicio en las entrevistas con los investigadores los acusados se dieron cuenta que se contaba con información compleja que reflejaba las acciones ilegales entre miembros de la red y las grabaciones de las conversaciones donde ellos conversaban sobre lo cobrado, los pagos realizados. No se dieron cuenta que estaban siendo investigados.

Con la ayuda en el proceso de investigación del Departamento de Justicia y el Fiscal General John Ashcroft se pudo llevar a tribunales a más de cincuenta personas, logrando encarcelar a varios por las acciones realizadas y el resarcimiento económico por los daños causados.

El Sr. Jacobson tuvo se encuentra hasta la fecha devolviendo en pagos mensuales 12.5 millones de dólares de los casi 25 millones obtenidos de manera ilegal. La misma Mc Donald's tuvo obsequiar 10 millones de dólares en premios de forma aleatoria para que sus clientes puedan confiar nuevamente en sus promociones.

Otras de las consecuencias fue la quiebra tanto de las empresas encargadas de la impresión de las piezas y la encargada del marketing, ya que Mc Donald's representaba casi la totalidad de los contratos vigentes en esa fecha.

Al final los agentes del FBI no pueden dar mayor información sobre el informante que se comunicó en el año 2000 con una de sus oficinas para revelar que el Tío Jerry se encontraba detrás de este fraude.

Este hecho fraudulento no fue conocido a nivel mundial ya que el juicio se llevó a cabo un día antes del ataque a las Torres Gemelas en el 2001, pero demostró que violar la ley no es un juego, como lo indicó el Fiscal General John Aschcroft y también resaltado por la BBC New (2020) en su página web.
4. MARCO PRÁCTICO

4.1 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
En base a lo descrito en el Marco Teórico, se puede establecer que para las Promociones Empresariales se debe fortalecer los procedimientos de control detectivo, operativo y de fiscalización; ya que no solo garantizaran la detección de promociones sin autorización, alteración o incumplimiento a lo reglamentado y autorizado en la fase inicial por la AJ y/o la detección de irregularidades al concluir la promoción empresarial por una determinada empresa.

Con la implementación de técnicas de investigación se podrá colectar o recolectar indicios o evidencia que posteriormente podrá sustentar la irregularidad efectuada por el operador en desmedro del Estado boliviano.

Con la evolución de la tecnología se tiene que realizar controles a los distintos operadores para dar fe el cumplimiento expreso de los términos de cada promoción autorizada al público y en el caso de contar con ganador en el tiempo estipulado dicho premio pasa a LONABOL, ya que mencionado premio no puede quedarse en manos del operador o generador de la promoción según estipula la normativa vigente.

En el caso de evidenciar un acto de colusión para la apropiación ilegal de un o una determinada cantidad de premios ofrecidos por un operador determinado, en desmedro de los demás participantes o público en general que también quiere acceder al mismo, se deberá iniciar el correspondiente proceso judicial para sancionar a estar personas vinculadas a este hecho y exigir la devolución de lo percibido de manera ilegal.

Como establece la Ley N° 260 Ley Orgánica del Ministerio Público (2012) en su artículo 77 la función de la Policía Boliviana es la de investigación y averiguación de hechos delictivos, tienen la función de identificar y aprehender a las presuntas o los presuntos responsables, identificar y auxiliar a las víctimas, acumular, analizar, conservar y custodiar adecuadamente los indicios y las pruebas. No olvidemos esta acción tiene que estar dispuestas por la o el Fiscal que dirige la investigación, en los plazos determinados.
Considerando que los recursos obtenidos por las sanciones impuestas a los operadores van destinadas a cubrir los gastos de la propia AJ. Estos recursos pueden fomentar a que la misma pueda ampliar sus labores y preferentemente a las que representen mayor riesgo de incumplimiento a las leyes vigentes.

Es esencial realizar controles permanentes a las promociones empresariales que representen más significativas, ya sea por el valor de los premios ofertados a sus clientes o por presentar irregularidades en la ejecución de la promoción misma.

Con la ejecución de este tipo de controles se pudo dar a conocer que diferentes tipos de lotería ofertados por particulares que existía en el país fueron sancionados y concluidos al presentar irregularidades tanto en la modalidad de juego como en la probabilidad de que alguno de sus clientes pueda obtener alguno de los premios ofrecidos.















5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

El pasado 12 de septiembre de 2019 la AJ firmó un convenio con la Cámara Nacional de Comercio, donde ambas instituciones se comprometieron a investigar, identificar y denunciar cualquier hecho o acto de soborno o corrupción.

Con la implementación del ISO 37001 del Sistema de Gestión Anti Soborno la AJ prevé identificar y denunciar los posibles hechos de corrupción en los trámites de promociones empresariales. Pero también se debería denunciar, identificar e investigar a los hechos irregulares generados por los operadores y los usuarios acreedores de premios importantes.

Como se puede comprobar con la presente investigación en los últimos años se han incrementado las promociones empresariales, confirmando que desde el año 2011 hasta la gestión 2019 la contribución del Impuesto al Juego del 10% ha sobrepasado los 34,7 millones de Bs. que fueron recursos destinados al Tesoro General del Estado.

Se evidencia que más empresas u operadores utilizan este medio para captar clientes o aumentar sus ingresos con la otorgación de premios a sus usuarios a nivel nacional con la búsqueda de un código o ficha que le permitirá obtener algún tipo de premio.

Conclusiones.
Es fundamental el uso de técnicas de investigación que coadyuvan a la detección y fundamentación de hechos irregulares relacionados con promociones empresariales a nivel nacional, ya que las mismas garantizaran que se haya actuado de forma transparente en todas las etapas de una promoción empresarial.

En la presente investigación se a podido identificar las funciones, obligaciones, atribuciones y prohibiciones de la AJ como ente de control, detección y fiscalización de juegos de lotería, azar y sorteos. Así como prohibiciones y obligaciones de los operadores autorizados a nivel nacional.
Se pudo describir las técnicas utilizadas por los peritos forenses en las investigaciones penales que dentro de la AJ pueden servir para la identificación de irregularidades relacionas con promociones empresariales a nivel nacional. Las mismas son utilizadas por entes de investigación en otros países como paso inicial para un proceso penal que por su formalidad, la cual requiere evidencia contundente para la determinación Juez en los estrados judiciales.

Estas técnicas de investigación penal, ya sea el análisis de registros bancarios, financieros, reportes de operaciones sospechosas, las entrevistas financieras, la vigilancia, el allanamiento financiero, el registro de llamadas y/o revisión de la basura del sospechosa otorga al investigador indicios para lograr conectar cada uno de los hechos vinculados al acto ilegal con la cual se quiere legitimizar una ganancia ilícita la cual ha sido planificada con antelación en prejuicio de los demás participantes o público en general que contaba con la posibilidad de obtener mencionado premio.

Entre las técnicas de investigación también se encuentran las especiales que requieren personal especializado como en el caso del uso de agentes encubiertos, informantes, participación de una entrega controlada o el arrepentimiento de un sospechoso, el otorgar recompensas, contar con testigos reservándonos la identidad o la vigilancia electrónica que es una técnica más intrusiva a diferencia de las técnicas de investigación penal no consideradas especiales por los expertos.

Las irregularidades detectadas por medio de uso de técnicas de investigación en la fase de control, ya sea este detectivo, operativo y/o de fiscalización por parte del operador registrado en la AJ conlleve un proceso sancionatorio acorde a la falta detectada y conlleve el seguimiento correspondiente a las operaciones posteriores realizadas por la misma.

Además de actualizar los mecanismos de control a nivel nacional y la revisión cruzada por parte de los fiscalizadores de los descargos de las promociones en proceso y concluidas para garantizar el cumplimiento a todos los procesos vinculados a la misma en la propuesta presentada y autorizada por el operador a la AJ.
Recomendaciones.
Se recomienda la incorporación de las técnicas de investigación a las casa de juego de azar, ya que existen organizaciones criminales y otras organizaciones que apuntaron estos últimos años a la apertura de casa de juego de azar de manera ilegal, las cuales generan ingresos excelentes a sus propietarios y entran en competencia desleal con las autorizadas que cumplen las leyes en toda Bolivia. Generando lo que a nivel nacional se conoce como legitimación de ganancias ilícitas penado por nuestro Código Penal con privación de libertad.

Estas mismas casas pueden destinadas para lavar dinero generado por actividades ilegales que luego son insertadas al sistema financiero nacional o internacional.

Una de las decisiones fundamentales de las autoridades debería estar enfocada en fortalecer tanto a la AJ, Policía Boliviana, Ministerio Público para obtener las pruebas suficientes para llevar estos casos a tribunales.

Generar convenios con Entidades Nacionales e Internacionales para la capacitación continua y la cooperación interinstitucional investigar este tipo de casos.













BIBLIOGRAFÍA

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